ARTICULO 53. División Financiera. Son funciones de la División Financiera
Planear, programar, coordinar, controlar y ejecutar las actividades relacionadas con la gestión y administración de los recursos financieros y económicos de la institución.
Proponer a la Subdirección Administrativa los procedimientos y controles para la ejecución del presupuesto.
Presentar estudios de inversión estableciendo las prioridades con los recursos provenientes de policías contratadas.
Ejecutar y controlar el presupuesto de la Policía Nacional.
Coordinar con las entidades gubernamentales los aspectos relacionados en la ejecución presupuestal.
Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.