Micelio

Artículo 53

División Financiera

Decreto 2203 de 1993 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 53. División Financiera. Son funciones de la División Financiera

1.

Planear, programar, coordinar, controlar y ejecutar las actividades relacionadas con la gestión y administración de los recursos financieros y económicos de la institución.

2.

Proponer a la Subdirección Administrativa los procedimientos y controles para la ejecución del presupuesto.

3.

Presentar estudios de inversión estableciendo las prioridades con los recursos provenientes de policías contratadas.

4.

Ejecutar y controlar el presupuesto de la Policía Nacional.

5.

Coordinar con las entidades gubernamentales los aspectos relacionados en la ejecución presupuestal.

6.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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