Decreto 583 de 1885 · Por el cual se abre un crédito extraordinario al presupuesto de gastos para la vigencia económica de 1884 a 1885
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Ábrese al Presupuesto de Gastos para la vigencia económica de 1884 a 1885, el siguiente crédito extraordinario:
DEPARTAMENTO DEL TESORO.
Capítulo 50.
Gastos varios extraordinarios.
Articulo 260 (bis). Para pagar los gastos de personal y material que ha causado el servicio de las carnicerías oficiales en el año económico que terminó el 31 de Agosto próximo pagado, hasta cien mil pesos ($ 100,000).
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.