° Desde el 1.° de enero de 1922 quedan refundidas en una sola, las Secciones 2ª y 3ª del Ministerio de Instrucción Pública; esta Sección así refundida será la 2ª del Ministerio y tendrá a su cargo los asuntos encomendados a las Secciones que se refunden por el présenle Decreto.
Decreto 1457 de 1921 →Vigente
Artículo 1
Desde El 1
Decreto 1457 de 1921 · Por el cual se dictan varias disposiciones en el ramo de Instrucción Pública
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.