: Los pequeños colonos establecidos en bosques nacionales, con anterioridad a la destinación de que trata el artículo 1 de esta Ley, serán respetados en sus cultivos, y tendrán derechos a la adjudicación de la extensión cultivada y otro tanto, de acuerdo con la Ley 71 de 1917 .
Ley 119 de 1919 →Vigente
Artículo 16
Ley 119 de 1919 · Reformatoria del Código Fiscal (Ley 110 de 1912) sobre explotación de bosques nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.