Micelio

Artículo 4

º

Decreto 955 de 1996 · por el cual se modifican los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario-CERT.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las exportaciones de los productos que clasifican por las siguientes subpartidas arancelarias, que se embarquen a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 1996, tendrán los niveles porcentuales del Certificado de Reembolso Tributario, CERT, que a continuación se indican según el país de destino: PANAMA, ARUBA BONAIRE Y CURACAO ESTADOS UNIDOS Y PUERTO RICO RESTO DEL MUNDO 0803001200 0,00 1,50 3,00 0803001910 0,00 1,50 3,00 0803001990 0,00 1,50 3,00

Parágrafo

El Gobierno Nacional evaluará periódicamente el comportamiento de las exportaciones, la evolución de los precios internacionales y la ejecución del presupuesto CERT de los productos mencionados en el presente artículo, con el fin de revisar los niveles porcentuales otorgados en el mismo si ello fuere necesario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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