Micelio

Artículo 2.2.12.4.5

Acreditación De La Discapacidad

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acreditación de la discapacidad. El aspirante con discapacidad que se presente a un concurso de méritos de ingreso o de ascenso deberá registrarse en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad (SIMO). Así mismo, deberá contar con el certificado de discapacidad de acuerdo con el procedimiento establecido por el Ministerio de Salud y Protección Social, el cual debe ser cargado en el Sistema de Apoyo para la Igualdad, el Mérito y la Oportunidad SIMO.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1083 de 2015