º Los viáticos para el personal de las Oficinas Seccionales de Catastro serán señalados para cada caso por resoluciones de la Dirección del Instituto Geográfico Militar y Castastral, de acuerdo con lo previsto por el Decreto 2821 de 1944, y dentro de la siguiente escala: Ingenieros-Directores, Secretarios-Abogados o los que hagan sus veces, hasta diez pesos ($ 10) diarios. Para el personal no especificado anteriormente, hasta seis pesos ($ 6) diarios.
Decreto 2001 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Los Viáticos Para El Personal De Las Oficinas Seccionales De Catastro Serán Señalados Para Cada Caso Por Resoluciones De La Dirección Del Instituto Geográfico Militar Y Castastral, De Acuerdo Con Lo Previsto Por El Decreto 2821 De 1944, Y Dentro De La Siguiente Escala: Ingenieros-Directores, Secretarios-Abogados O Los Que Hagan Sus Veces, Hasta Diez Pesos ($ 10) Diarios
Decreto 2001 de 1947 · Por el cual se modifican las asignaciones del personal del Instituto Geográfico Militar y Catastral y sus dependencias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.