Micelio

Artículo 29

Decreto 2350 de 1991 · por el cual se define la estructura orgánica del Ministerio de Comercio Exterior, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integración del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior . El Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior estará integrado por los siguientes miembros: El Viceministro de Comercio Exterior, quien lo presidirá. El Viceministro de Hacienda y Crédito Público. El Viceministro de Desarrollo Económico. El Viceministro de Agricultura. El Viceministro de Minas y Energía. El Subjefe de] Departamento Nacional de Planeación. El Director General de Aduanas. El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior. Los Asesores del Consejo Superior de Comercio Exterior.

Parágrafo

Cuando se trate de la modificación de los niveles de los mecanismos de devolución de impuestos o de temas relacionados con exportaciones, se invitará al Presidente del Banco de Comercio Exterior o a su delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2350 de 1991