Micelio

Artículo 3

Decreto 1565 de 2006 · por el cual se dictan disposiciones para el ejercicio de la actividad de autorregulación del mercado de valores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Alcance de la autorregulación. Los organismos de autorregulación desarrollarán las actividades previstas en el Capítulo Tercero del presente decreto en relación con las actuaciones de los intermediarios de valores, tanto en los sistemas de negociación como en el mercado mostrador, así como en relación con las demás actuaciones propias de la actividad de intermediación, incluyendo las relaciones de los intermediarios con sus clientes. Los reglamentos de los organismos de autorregulación deberán establecer las actividades y operaciones que estarán a cargo del mismo.

Parágrafo

L os organismos de autorregulación no ejercerán funciones sobre los intermediarios de valores en asuntos no relacionados con el desarrollo de la actividad de intermediación de valores.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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