Comité de expertos. El Comité de expertos estará integrado por los tres expertos comisionados y tendrá las siguientes funciones
Elaborar el plan de actividades de la Comisión;
Distribuir las diferentes tareas entre los expertos y asignar los recursos técnicos y humanos, intenos y externos, para su ejecución. Al repartir internamente el trabajo entre ellos, procurarán que todos tengan la oportunidad de prestar sus servicios respecto de las diversas clases de asuntos que sean competencia de la Comisión;
Conformar equipos de trabajo para la ejecución de tareas y asignar el experto responsable de su dirección y coordinación;
Aprobar los términos de referencia para la elaboración de estudios, analizar y evaluar las propuestas, y recomendar al Coordinador General la selección de los consultores;
Discutir y definir las propuestas y documentos que deben someterse a consideración de la Comisión;
Proponer el orden del día para cada sesión de la Comisión;
Elaborar el anteproyecto presupuesto anual de la Comisión;
Aprobar las actas de las sesiones del Comité;
Seleccionar el personal de la Comisión, establecer su plan de capacitación y decidir la participación de los expertos y del personal en los eventos relacionados con las funciones de la Comisión;
Unificar los criterios para la solicitud de información a las entidades reguladas;
Dirigir y coordinar las publicaciones de la Comisión; I) Las demás que le sean asignadas por la Comisión.