Micelio

Artículo 7

Secretaría Técnica

Decreto 4748 de 2010 · por el cual se modifica el Decreto 2134 de 1992.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Secretaría Técnica . La Secretaría Técnica del Consejo de Seguridad Nacional y del Comité Operativo de Seguridad Nacional, estará a cargo del Alto Asesor Presidencial para la Seguridad Nacional quien tendrá las siguientes funciones

1.

Facilitar la coordinación interinstitucional para el cumplimiento de las funciones del Consejo y el Comité Operativo de Seguridad Nacional.

2.

Citar y preparar la agenda del Consejo y el Comité Operativo de Seguridad Nacional.

3.

Recolectar la información necesaria para las sesiones del Consejo y el Comité Operativo de Seguridad Nacional.

4.

Preparar los documentos necesarios para el funcionamiento del Consejo y del Comité Operativo de Seguridad Nacional.

5.

Convocar comités temáticos de coordinación de política para preparar las sesiones y hacer seguimiento al cumplimiento de las directrices del Consejo y el Comité Operativo de Seguridad Nacional.

6.

Llevar las actas del Consejo y el Comité Operativo de Seguridad Nacional.

7.

Coordinar con el Alto Consejero Presidencial para las Comunicaciones todo lo relacionado con las comunicaciones en materia de seguridad nacional, y

8.

Cualquier otra que en materia de seguridad nacional le asigne el Presidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4748 de 2010