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Artículo 2.4.3.9.2.4

Responsabilidades Del Ministerio De Defensa Nacional, En El Marco De La Política De Prevención

Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsabilidades del Ministerio de Defensa Nacional, en el marco de la política de prevención . El Ministerio de Defensa Nacional, las Fuerzas Militares y Policía Nacional, desarrollarán las siguientes acciones en el marco de la política de prevención

1.

Implementar la política integral de derechos humanos de la Fuerza Pública en las zonas focalizadas para la elaboración de los planes de prevención y protección.

2.

Participar, a través de las Fuerzas Militares y de la Policía Nacional, en el proceso de identificación, análisis y advertencia de riesgo y hacer seguimiento permanente a la evolución de los actores que generan amenazas en la zona.

3.

Contrarrestar, de acuerdo con sus competencias internas, las dinámicas de violencia presentes en el territorio nacional.

4.

Participar en la formulación de los planes integrales de prevención y demás instrumentos para la implementación de la política pública de prevención.

5.

Generar espacios de acercamiento entre las comunidades y la Fuerza Pública.

6.

Evaluar en conjunto con el programa de prevención y con la mesa territorial los avances en la implementación de las acciones de prevención, enmarcadas en los planes formulados, que son de su competencia y los resultados obtenidos.

7.

Definir, en coordinación con la Unidad Nacional de Protección y las autoridades civiles nacionales y territoriales, estrategias preventivas para situaciones particulares de riesgo.

8.

Suministrar información disponible al Comité Nacional de Política Pública de Prevención, al Comité Técnico para la Prevención y a los Comités Territoriales de Prevención relativa a riesgos asociados a violaciones a los derechos a la vida, integridad, libertad y seguridad de personas, grupos y comunidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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