° A partir del 1° de abril del presente año, créanse las siguientes plazas: Belén (Boyacá). Una plaza de Ayudante de Correos, son asignación mensual de $ 30.00 Ríonegro (Antioquia). Un Ayudante Administrador de Correos, con asignación mensual de 30.00 Segovia, (Antioquia). Un Ayudante de la Oficina Mixta, con asignación mensual de 30.00 Pasto (Nariño). Un Operador de radio, con asignación mensual de 110.00 Ipiales (Nariño). Un Oficial de Recibo, con asignación mensual de 45.00 Bucaramanga (Santander). Un Operador de radio, con asignación mensual de 110.00
Decreto 658 de 1937 →Vigente
Artículo 2
A Partir Del 1° De Abril Del Presente Año, Créanse Las Siguientes Plazas: Belén (Boyacá)
Decreto 658 de 1937 · Por el cual se crean unas plazas, se modifican algunas asignaciones, se crean unas oficinas y se hacen unos nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.