Permisos para el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables. De conformidad con lo previsto en el artículo 264 de la Ley 1955 de 2019, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) será la competente para otorgar los permisos para el uso, aprovechamiento y/o afectación de recursos naturales renovables. Los trámites tendientes a la obtención y modificación de permisos ambientales se regirán por los procedimientos especiales determinados en el Decreto número 1076 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible, y en lo no previsto en este por el procedimiento administrativo común y general regulado por el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011, o las normas que lo adicionen, modifiquen o sustituyan.
Decreto 1074 de 2015 →Vigente
Artículo 2.2.4.10.5.2
Permisos Para El Uso, Aprovechamiento Y/O Afectación De Los Recursos Naturales Renovables
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.