Micelio

Artículo 24

Causales Del Retiro

Decreto 1214 de 1990 · Por el cual se reforma el Estatuto y el Régimen Prestacional del Personal Civil del Ministerio de Defensa y la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 24. Causales del retiro. La cesación definitiva de funciones de los empleados públicos del Ministerio de Defensa y de la Policía Nacional, se produce en los siguientes casos

a)

Por renuncia regularmente aceptada;

b)

Por declaración de Insubsistencia del nombramiento;

c)

Por abandono del cargo;

d)

Por disminución o pérdida de la capacidad sicofísica, de acuerdo con la reglamentación correspondiente;

e)

Por no obtener en la evaluación anual la calidad requerida para continuar en el servicio, de acuerdo al Reglamento de Evaluación y Clasificación del personal;

f)

Por mala conducta comprobada;

g)

Por supresión del cargo;

h)

Por tener derecho a pensión de jubilación;

i)

Por tener derecho a pensión de vejez;

j)

Por incumplimiento de los deberes inherentes al cargo;

k)

Por muerte;

l)

Por existir en su contra, detención preventiva que exceda de sesenta (60) días.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1214 de 1990