Micelio

Artículo 18

Decreto 948 de 1962 · Por el cual se reglamenta la Ley sobre el ejercicio de la odontología

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo diez y ocho. La enseñanza de las ramas auxiliares de la odontología, requiere autorización del Ministerio de salud Pública, previo concepto de la Asociación Colombiana de Facultades de Odontología.

Parágrafo

La infracción a lo prescrito en el presente artículo, será sancionada con el decomiso de los materiales de enseñanza, y con multa que varían de los dos mil a los diez mil pesos moneda corriente ($ 2.000.00 a 10.000.00), según la magnitud de la infracción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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