Micelio

Artículo 2

Ley 6 de 1898 · Por la cual se ordena el pago de unos sueldos y se señala éstos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° de Enero del año venidero el sueldo mensual de los Secretarios de los Juzgados del Circuito de Bogotá y de los dos Juzgados Superiores será de cien sesenta pesos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 6 de 1898