El recurso de hecho se interpondrá y ventilará en la forma establecida en el Capítulo IV del Titulo XV del Código de Procedimiento Civil; si el superior concede la apelación en el efecto devolutivo, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 190.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.