Son funciones de la Sección del Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Proponer las normas generales y especiales y las instrucciones que deban cumplir las Administraciones de Impuestos Nacionales, en la liquidación del Impuesto sobre la Renta y Complementarios, y en la resolución de las reclamaciones que ante ellas se presenten;
Estudiar y sustanciar las reclamaciones y recursos interpuestos contra las liquidaciones y providencias relacionadas con el Impuesto sobre la Renta y Complementarios y proyectar ios fallos respectivos;
Estudiar las solicitudes de los contribuyentes relacionadas con incidentes previos a la liquidación, cuyo pronunciamiento competí a la Dirección General de Impuestos Nacionales proyectar las respectivas providencias;
Proyectar las liquidaciones de revisión y las-sustitutivas de que tratan los artículos 29 y 30 del Decreto 1651 de 1961;
Proyectar las providencias relacionadas con el cumplimiento de sentencias de los Tribunales y exenciones del Impuesto sobre la Renta y Complementarios;
A través del Grupo de Sustanciación y Notificación hacer las notificaciones y citaciones respectivas, expedir certificados y copias y atender al desglose de documentos conforme a la ley;
Informar a los contribuyentes, apoderados y superiores del estado de los negocios que cursan en la Sección, y
Las demás que le asignen la ley y el Jefe de la División. B. Da la Sección de Impuestos sobre las Ventas.