De la Secretaria de la División de Propiedad Industrial. Son funciones de la Secretaria de la División de Propiedad Industrial
Notificar, conforme a la ley, todas las providencias dictadas por la División;
Informar a los interesados sobre el estado de los negocios;
Pasar oportunamente a despacho de las secciones todas las solicitudes y al Jefe de la División el reparto para su posterior radicación;
Preparar y corregir el material para la edición mensual de la Gaceta de Propiedad Industrial;
Llevar los archivos y registros correspondientes a la división;
Llevar el libro de radicación general de solicitudes ingresadas a la División y el archivo respectivo, y
Las demás funciones previstas para los secretarios de la rama jurisdiccional en el artículo 121 del Código de Procedimiento Civil.