Autorízase al Gobierno Nacional, Ministerio de Obras Públicas, Fondo de Inmuebles Nacionales para traspasar al Municipio de Villavicencio el lote de terreno ubicado dentro del perímetro urbano del mismo y ubicado dentro de los linderos siguientes: "Por el Norte partiendo del mojón situado en el camellón "El Embudo" una línea recta con extensión de unos cien metros lindando con cerca del alambre de por medio con predios que son o fueron de Augusto Rodríguez Rojas. Por el Oriente: una línea recta de extensión de 95 metros linderado con resto de terrenos que son o fueron de la donante Felicidad Barrios de Lomónaco. Por el Sur: una línea recta en extensión de 95 metros, línea que termina sobre el camellón de "El Embudo" lindado con resto de terreno que son o fueron de la donante Felicidad Barrios de Lomónaco. Por el Occidente: siguiendo todo el curso del camellón "El Embudo" cerca de por medio con terrenos de los señores Ricardo Murcia hasta el mojón punto de partida y encierra", el cual es actualmente de propiedad de la Nación, Fondo de Inmuebles Nacionales del Ministeio de Obras Públicas y Transporte.
Ley 28 de 1982 →Vigente
Artículo 1
Ley 28 de 1982 · por la cual se hace el traspaso de un lote de la Nación al Municipio de Villavicencio.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.