Micelio

Artículo 1

Decreto 363 de 1890 · Por el cual se traslada un crédito al Ministerio de Tesoro al de fomento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Trasládese del Departamento de la Deuda nacional, capítulo 83, artículo 298, parágrafo 1.°, del Presupuesto de gastos para la vigencia en curso, al

departamento de fomento

Capítulo 91.

Gastos varios.

Art. 336. 1.° Valor del 50 por 100 del producto de las Aduanas establecidas ó que se establezcan en el Departamento del Cauca, destinado para la obra del Ferrocarril de Buenaventura (saldo de $300,000 votados para el bienio), $264,240

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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