Micelio

Artículo 3

Ley 32 de 1971 · Por la cual se dictan disposiciones en materia penal y penitenciaria (redención de penas por trabajo y estudio)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

También podrán reducir su pena por el estudio, los condenados a penas privativas de la libertad en igualdad de condiciones y con los mismos requisitos establecidos para la redención de penas por el trabajo, en el artículo 1º. de la presente Ley.

Parágrafo

El estudio debe adelantarse en los centros educativos que funcionen dentro de los establecimientos penitenciarios, con una intensidad no inferior a seis horas diarias; o por correspondencia, en cuyo caso será de la misma intensidad y bajo estricto control de las directivas del establecimiento respectivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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