Micelio

Artículo 2

Ley 24 de 1921 · Sobre prenda agraria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

º. La prenda agraria puede recaer sobre:

a). Las máquinas en general, aperos e instrumentos de labranza;

b)

Los animales de cualquier especie y sus productos, así como las cosas muebles destinadas a la explotación rural;

c)

Los frutos de cualquier naturaleza, sean pendientes, sean en pie, o después de separados de la planta, así como las maderas los productos de la minería y los de la industria nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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