º. El Banco de la República, financiará al Gobierno Nacional, la totalidad de la deuda que asume de conformidad con este Decreto, sin incrementar los cupos legales de endeudamiento del Gobierno Nacional.
Decreto 780 de 1980 →Vigente
Artículo 3
El Banco De La República, Financiará Al Gobierno Nacional, La Totalidad De La Deuda Que Asume De Conformidad Con Este Decreto, Sin Incrementar Los Cupos Legales De Endeudamiento Del Gobierno Nacional
Decreto 780 de 1980 · Por el cual el Gobierno Nacional asume y financia a través del Banco de la República unas deudas del Instituto de Mercadeo Agropecuario, idema
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.