Micelio

Artículo 3078

Para El Pago De Pensiones Civiles A Cargo De Este Ministerio, Y Dar Cumplimiento A La Ley 86 De 1923, De Conformidad Con La Ley 40 De 1922, Sobre Empleados Públicos Enfermos De Lepra, (Lazareto De Agua De Dios,), En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 46

Decreto 107 de 1958 · Por el cual se abren unos créditos adicionales -suplementales- al Presupuesto vigente. (Ministerio de Salud Pública)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Con base en el nuevo recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales - suplementales - al Presupuesto de Gastos para la Vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 294 División Nacional de Salubridad Pública. Lazareto de Agua de Dios. 101. Al artículo 3078. Para el pago de pensiones civiles a cargo de este Ministerio, y dar cumplimiento a la Ley 86 de 1923, de conformidad con la Ley 40 de 1922, sobre empleados públicos enfermos de lepra, (Lazareto de Agua de Dios,), en la presente vigencia y anteriores $ 46.900.00 Lazareto de Contratación. 001. Al artículo 3081. Para el pago de servicios domésticos y de enfermeros en el Lazareto de Contratación, en el año 41.911.92 Total $ 88.811.92

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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