º . Las funciones propias de las distintas dependencias de la Superintendencia General de Puertos serán cumplidas por la planta de personal global que a continuación se establece: No. DE CARGOS DENOMINACION DEL EMPLEO CODIGO GRADO 1 (uno) Superintendente 0030 - 1 (uno) Secretario General de Superintendencia 0037 18 2 (dos) Director de la Superintendencia 0105 17 2 (dos) Jefe de Oficina 2045 23 4 (cuatro) Director Regional 2035 21 6 (seis) Jefe de División 2040 19 3 (tres) Profesional Especializado 3010 17 2 (dos) Profesional Especializado 3010 16 9 (nueve) Profesional Especializado 3010 15 4 (cuatro) Profesional Especializado 3010 14 1 (uno) Profesional Especializado 3010 10 3 (tres) Profesional Especializado 3010 09 1 (uno) Profesional Universitario 3020 08 2 (dos) Profesional Universitario 3020 05 1 (uno) Profesional Universitario 3020 03 2 (dos) Tecnólogo 4165 14 3 (tres) Técnico Administrativo 4065 11 1 (uno) Técnico Administrativo 4065 10 1 (uno) Secretario Ejecutivo 5040 22 5 (cinco) Secretario Ejecutivo 5040 20 9 (nueve) Secretario Ejecutivo 5040 13 6 (seis) Auxiliar Administrativo 5120 13 5 (cinco) Conductor Mecánico 5310 15 2 (dos) Auxiliar de Servicios Generales 5335 11
Decreto 981 de 1994 →Vigente
Artículo 1
Decreto 981 de 1994 · Por la cual se establece la planta de personal de la Superintendencia General de Puertos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.