Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes

Decreto 747 de 1938 · Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes. traslados en el Presupuesto del MINISTERIO DE GOBIERNO. CAPITULO 14 Establecimientos de castigo. Del artículo 51 Para sueldos de los empleados de las Penitenciarías, Cárceles de Distrito y de Circuito Judicial, Reclusiones de mujeres y. Colonias Penales y Agrícolas de Acacias y del Caquetá (Nocaimáni) $ 9.700 CAPITULO 16 Gastos- varios. Del artículo 65. Para material del Gran Consejo Electoral y cédula de ciudadania y demás gastos del ramo Electoray a cargo .de la Nación 800 CAPITULO 10 Juzgados del Circuito. Al artículo 39. Para útiies de escritorio, servicio telefónico, material y demás gastos de los Juzgados de Circuito 5.000 CAPITULO 13 Casas de Corrección de Menores. Al artículo 47. Para sueldos del personal de las Casas de Corrección de Menores. y Escuelas de Trabajo de Fagua y Buen Pastor y Amparo de niños abandonados 4.700 CAPITULO 16 Gastos varios. Al artículo 64. Para gastos que ocasione el personal del Gran Consejo Electoral 800 Sumas iguales $ 10.500 10.500

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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