° Los empleados públicos que a la vigencia de este Decreto se encontraren al servicio del Ministerio de Educación Nacional y fueren incorporados en los cargos de la Planta Central de Personal que se establece en el artículo 2°, no se entenderán desvinculados del servicio para ningún efecto legal y para su posesión no requerirán de otra formalidad que la firma del acta respectiva.
Artículo 5
° Los Empleados Públicos Que A La Vigencia De Este Decreto Se Encontraren Al Servicio Del Ministerio De Educación Nacional Y Fueren Incorporados En Los Cargos De La Planta Central De Personal Que Se Establece En El Artículo 2°, No Se Entenderán Desvinculados Del Servicio Para Ningún Efecto Legal Y Para Su Posesión No Requerirán De Otra Formalidad Que La Firma Del Acta Respectiva
Decreto 620 de 1993 · por el cual se establece la Planta Central de Personal del Ministerio de Educación Nacional y se dictan otras disposiciones.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.