Micelio

Artículo 2.3.12.6

Responsables De La Promoción, Implementación, Socialización, Seguimiento Y Evaluación

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Responsables de la promoción, implementación, socialización, seguimiento y evaluación. El Ministerio de Transporte y, el Ministerio de Salud y Protección Social, serán las entidades lideres responsables de la promoción, implementación, socialización, seguimiento y evaluación del PFUB.

Parágrafo 1

Las entidades de apoyo para la promoción, implementación, socialización, seguimiento y evaluación de las acciones generales y específicas del PFUB, son:

1.

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

2.

Ministerio del Deporte.

3.

Departamento Nacional de Planeación.

4.

Ministerio de Defensa - Policía Nacional.

Parágrafo 2

Participarán como entidades de apoyo o de apoyo institucional en el desarrollo del PFUB las entidades adscritas a los ministerios responsables, según el Anexo Técnico del presente Decreto.

Parágrafo 3

En aplicación de los principios de coordinación y colaboración armónica, los diferentes órganos y entidades del Estado, así como, las entidades territoriales, en el ejercicio de sus respectivas funciones, deberán actuar con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos planteados dentro de este Programa y con ello, lograr los fines y cometidos estatales.

Parágrafo 4

Con el fin de lograr la ejecución del PFUB, las entidades responsables y de apoyo, señaladas en el presente artículo, adelantarán las gestiones correspondientes para vincular a las entidades de orden nacional y territorial, denominadas como de apoyo institucional según el Anexo Técnico del presente Decreto.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1079 de 2015