Micelio

Artículo 65

Decreto 354 de 1994 · por el cual se modifica el reglamento de evaluación y clasificación para el personal de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 65 . PRECEDENCIA EN LOS ASCENSOS. El ascenso o promoción de los clasificados en lista número uno debe producirse antes de los clasificados en lista número dos, siguiendo los procedimientos señalados en este reglamento. CAPITULO V EVALUACIÓN Y CLASIFICACIÓN EVENTUAL

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 354 de 1994