Micelio

Artículo 12

Autorízase Igualmente Al Gobierno Para Celebrar Convenios Con Los Bancos Y Demás Entidades De Crédito Para Que Puedan Otorgar A Los Damnificados En Sus Bienes Muebles Préstamos De Amortización Gradual A Un Interés Del Seis Por Ciento (6%) Anual, Y Con El Plazo Hasta De Doce Años, En La Cuantía Y Condiciones Siguientes: Primera

Decreto 205 de 1949 · Por el cual se modifican y refunden en uno solo los Decretos legislativos 1261, 1410, 1465, 1766, 1792 y 2352 de 1948, adoptados como normas legales de carácter permanente por el Decreto-ley 4133 de 1948

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase igualmente al Gobierno para celebrar convenios con los bancos y demás entidades de crédito para que puedan otorgar a los damnificados en sus bienes muebles préstamos de amortización gradual a un interés del seis por ciento (6%) anual, y con el plazo hasta de doce años, en la cuantía y condiciones siguientes: Primera. A los damnificados que hubieren sufrido pérdidas directas en sus bienes muebles, se les harán préstamos de acuerdo con las siguientes condiciones

a)

Para patrimonios hasta de $20.000, inclusive, préstamos por la totalidad de la pérdida sufrida;

b)

Para los patrimonios mayores de $20.000, hasta $ 100.000, inclusive, préstamos de acuerdo con la siguiente tabla: Para los primeros $ 20.000 de pérdida .$ 20.000.00 Para los $ 10.000 adicionales, el 70%, o sea 7.000.00 Para los $ 10.000 adicionales, el 60%, o sea 6.000.00 Para los $ 10.000 adicionales, el 50%, o sea 5.000.00 Para los $ 50.000 adicionales, el 40%, o sea 20.000.00

c)

Para patrimonios mayores de $ 100.000, con pérdidas mayores de $ 100.000, préstamos de $ 60.000.

Parágrafo

Los damnificados que hubieren sufrido una pérdida en sus bienes muebles menor del 10% de su patrimonio no tendrán derecho a préstamos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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