º. El artículo 15 del Decreto 262 de 1982, quedará así: " Artículo 15. Los Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines, Cadetes, Soldados, Grumetes y Personal del Cuerpo Auxiliar de la Policía Nacional destinados a comisiones individuales o colectivas en el exterior, tendrán derecho al pago de una bonificación mensual en Mares estadinenses, cuya cuantía fijará en cada caso el Ministerio de Defensa sin exceder de quinientos treinta dólares (US$ 530.) ".
Decreto 292 de 1982 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 292 de 1982 · Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 0262 de 1982
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.