Micelio

Artículo 1

Ley 13 de 1905 · por la cual se aprueba un Tratado Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Apruébase el Tratado sobre Derecho Internacional Privado entre las República de Colombia y el Ecuador, celebrado en Quito, á 18 de Junio de 1903, por D. Emiliano Isaza, Ministro Plenipotenciario de Colombia, y el Excmo. Sr. D. Miguel Valverde, Ministro Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores del Ecuador; Tratado que ha sido sometido por el Gobierno á la consideración de la Asamblea Nacional, y el que á la letra dice:

"Tratado sobre Derecho Internacional Privado entre las Repúblicas de Colombia y el Ecuador.

"Quito, Junio 18 de 1903.

"Reunidos en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador los Excmos. Sres. D. Emiliano Isaza, Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Colombia, y D. Miguel Valverde, Ministro Secretario de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, y deseando hacer efectivos á un tiempo en las dos Repúblicas los derechos civiles de sus ciudadanos y estrechar más las buenas relaciones existentes entre ambos países, han convenido en celebrar el siguiente Tratado sobre Derecho Internacional Privado:

"TITULO PRIMERO

"De la ley que rige el estado y la capacidad jurídica de las personas, los bienes situados en la República y los contratos celebrados en el país extranjero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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