º La Comisión Nacional para el Desarrollo y Fomento de la Industria Porcina, se reunirá cada tres (3) meses o extraordinariamente si se considera necesario, en la fecha y lugar que indique el Secretario Técnico en la respectiva convocatoria.
Los miembros de la Comisión, cuando así lo estimen conveniente, enviarán al Secretario Técnico, con anticipación no menor de ocho (8) días a la fecha de la reunión, un memorando sobre los temas o asuntos que deseen tratar, a fin de elaborar el temario correspondiente. Los asuntos específicos que no requieren ser llevados a la consideración de la Comisión serán sometidos por el Secretario Técnico al estudio de los funcionarios del sector agropecuario a quienes competa su conocimiento.