Micelio

Artículo 9

El Alcalde De Barrancabermeja De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Vigentes, Convocará Y Celebrará Los Consejos De Seguridad, Con La Participación De Un Delegado Personal Del Ministro Del Interior Y Un Delegado Del Gobernador De Santander

Decreto 1747 de 2002 · Por el cual se crea la "Comisión Intersectorial por la Defensa de la Vida en Barrancabermeja, Ciudad-Región de Paz" y se dictan otras disposiciones para la promoción y respeto de los ssderechos humanos y del Derecho. Internacional Humanitario en dicha ciudad.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Alcalde de Barrancabermeja de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, convocará y celebrará los Consejos de Seguridad, con la participación de un delegado personal del Ministro del Interior y un delegado del Gobernador de Santander. Dichos Consejos contemplarán en sus respectivas agendas el examen de situaciones de riesgo o de agresión contra la población civil, las organizaciones sociales, de derechos humanos e instituciones de cooperación internacional y la adopción de medidas tendientes a enfrentar y conjurar estas situaciones, y elaborará informes sobre el cumplimiento de las citadas medidas. Con estos propósitos, el Alcalde expedirá una reglamentación en los 30 días siguientes a la fecha de publicación de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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