Micelio

Artículo 25

Decreto 2608 de 1988 · Por el cual se expide el Estatuto Disciplinario de los Establecimientos Públicos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, adscritos o vinculadas al Ministerio de Defensa Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DE LOS MEDIOS DE PRUEBA Y DEL VALOR DE LAS MISMAS. En el proceso disciplinario serán admisibles como medios de prueba: los indicios, el testimonio de terceros, la declaración de parte, los documentos, el dictamen pericial y los demás medios de prueba señalados en el Código de Procedimiento Civil. Durante las diligencias preliminares y la investigación disciplinaría se podrán pedir y allegar pruebas e informaciones sin requisitos ni términos especiales, de oficio o a petición del investigado. Las pruebas se apreciarán según las reglas de la sana crítica. Para aplicar una sanción disciplinaria bastará una declaración de testigo rendida bajo juramento que ofrezca serios motivos de credibilidad o un indicio grave de que el investigado es responsable disciplinariamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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