Micelio

Artículo 29

Dentro Del Año Siguiente A La Terminación Del Período De Práctica, El Funcionario Será Trasladado A Un Cargo En El Exterior, Bien En El Ramo Diplomático O En El Consular, En La Categoría Que Le Corresponda

Decreto 2016 de 1968 · Orgánico del Servicio Diplomático y Consular

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dentro del año siguiente a la terminación del período de práctica, el funcionario será trasladado a un cargo en el Exterior, bien en el ramo diplomático o en el consular, en la categoría que le corresponda. Para estos traslados se tendrán en cuenta el orden de clasificación en los concursos, la especialización y las calificaciones en el período de prueba.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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