Están obligados a presentar informes al Congreso de la República:
El Procurador General de la Nación: informe anual de su gestión.
El Defensor del Pueblo: informes sobre el cumplimiento de sus funciones.
El Contralor General de la República: informes sobre el cumplimiento de sus funciones y certificación sobre la situación de las finanzas del Estado, de acuerdo con la ley; además, informe anual sobre el estado de los recursos naturales y del ambiente.
Los Ministros y directores de departamentos administrativos: informe sobre el estado de los negocios adscritos a su ministerio o departamento administrativo.
El Banco de la República: informe sobre la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos que se le soliciten.
El Gobierno, así:
Informe inmediato motivado sobre las razones que determinaron la declaración del estado de conmoción interior;
Informe inmediato motivado sobre las causas que determinaron el estado de emergencia y las medidas adoptadas;
Informe inmediato motivado sobre los decretos que haya dictado y se dicten durante el estado de guerra exterior, y la evolución de los acontecimientos;
Informes inmediatos al ejercerse cada una de las autorizaciones concedidas para celebrar contratos, negociar empréstitos y enajenar bienes nacionales;
Informe en los diez (10) días siguientes sobre el ejercicio de facultades en virtud de las cuales ha concedido indultos por delitos políticos, con arreglo a la ley;
Informes que las Cámaras soliciten sobre negocios que no demanden reserva, dentro de los diez (10) días siguientes a la solicitud.
En los numerales 1 a 5 los informes deberán presentarse dentro de los primeros quince (15) días de cada legislatura ordinaria, dichos informes podrán presentarse a través de medios y/o herramientas tecnológicos o digitales o virtuales.
El Gobierno Nacional entregará informes periódicos sobre el cumplimiento y desarrollo de las disposiciones que dicte hasta el 6 de julio de 1994, y que fueren necesarias para:
Facilitar la reinserción de grupos guerrilleros desmovilizados que se encuentren vinculados a un proceso de paz bajo su dirección;
Mejorar las condiciones económicas y sociales de las zonas donde ellos estuvieran presentes; y
Proveer a la organización territorial, organización y competencia municipal, servicios públicos y funcionamiento e integración de los cuerpos colegiados municipales en dichas zonas.