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Artículo 23

Son Funciones De La Sección De Cartera: A) Efectuar El Cobro De La Cartera De La Caja, Velar Por Su Oportuna Recuperación Y Rendir Informes Correspondientes

Decreto 1211 de 1987 · Por la cual se aprueba la Estructura Interna de la Caja de Vivienda Militar y las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Cartera

a)

Efectuar el cobro de la cartera de la Caja, velar por su oportuna recuperación y rendir informes correspondientes.

b)

Llevar estricto control de la situación de cada deudor, en cuanto al cumplimiento de las obligaciones contraídas con la entidad.

c)

Elaborar estudios analíticos sobre políticas de recuperación de cartera y proyecciones de la misma.

d)

Informar a la Oficina Jurídica lo relacionado con cobros judiciales y extrajudiciales a favor de la entidad.

e)

Cancelar hipotecas por muerte, expedir las correspondientes certificaciones e informar a la Oficina Jurídica.

f)

Enviar oportunamente a la Oficina de Sistemas de la Caja de Vivienda Militar y a las Divisiones de Sistemas de cada Fuerza, las novedades relacionadas con la cartera de la Caja.

g)

Presentar informes periódicos a la División Financiera, sobre el desarrollo de sus actividades.

h)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE TESORERIA .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1211 de 1987