Artículo once. Los alumnos que aprobaren los cursos regulares del Instituto, serán preferentemente colocados en el Cuerpo de Inspectores, en las Direcciones de Escuelas Anexas y de Escuelas Piloto o en otras funciones que impliquen actividades de dirección y gobierno dentro de la Educación Primaria.
Decreto 208 de 1957 →Vigente
Artículo 11
Decreto 208 de 1957 · Por el cual se crea un Instituto de Formación de Supervisores Escolares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.