º El Gobierno teniendo en cuenta la importancia de la expresada obra, por los inmensos servicios que prestará al país en general y particularmente al Departamento de Boyacá, declara la obra de reconocidas necesidad y utilidad pública.
Decreto 739 de 1893 →Vigente
Artículo 3
El Gobierno Teniendo En Cuenta La Importancia De La Expresada Obra, Por Los Inmensos Servicios Que Prestará Al País En General Y Particularmente Al Departamento De Boyacá, Declara La Obra De Reconocidas Necesidad Y Utilidad Pública
Decreto 739 de 1893 · En ejecución de la Ley 68 de 1890
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.