VACACIONES DEL PERSONAL EN COMISIÓN EN OTRAS ENTIDADES. Los Oficiales y Suboficiales de la Política Nacional en actividad, cuando presten sus servicios en comisiones en otras dependencias del Estado, disfrutarán de sus vacaciones anuales de acuerdo con las necesidades de la respectiva dependencia, la cual debe expedir con destino a la Dirección de Personal una certificación sobre la época y circunstancia en que el comisionado hizo uso del citado beneficio.
Decreto 827 de 1986 →Vigente
Artículo 78
Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.