Articulo 2°. La partida necesaria para el pago de tales becas se imputará al artículo y capitulo respectivos del .Decreto de liquidación administrativa del Presupuesto Nacional para la vigencia en curso, y para su pago se requerirá que el becado acompañe a la cuenta respectiva el certificado del Director de la citada Escuela de Agricultura en que conste que cursa estudios regulares en ella. Comuníquese y publíquese.
Decreto 529 de 1925 →Vigente
Artículo 2
La Partida Necesaria Para El Pago De Tales Becas Se Imputará Al Artículo Y Capitulo Respectivos Del
Decreto 529 de 1925 · Por el cual se adjudican unas becas en la Escuela de Agricultura de Antioquia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.