Micelio

Artículo 1

Ley 128 de 1948 · Por la cual se provee a la construcción y suministro de viviendas para los habitantes de traslación de la Zona Negra de Barranquilla y se dictan disposiciones pertinentes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Con cargo a la cuota que para viviendas económicas corresponda al Departamento del Atlántico, el Instituto de Crédito Territorial procederá a construir las viviendas que se requieran para los habitantes de traslación de la Zona Negra de Barranquilla, en lotes de terreno que suministrará el Municipio de este nombre.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 128 de 1948