Micelio

Artículo 49

El Personal Que Labora En La Universidad Se Clasifica En Docente Y Administrativo

Decreto 3146 de 1980 · Por el cual se aprueba el Estatuto General de la Universidad Pedagógica Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El personal que labora en la Universidad se clasifica en docente y administrativo. Entiéndese por personal docente el que se dedica con tal carácter primordial mente a la enseñanza, a la investigación, o a ambas actividades, El resto del personal será administrativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3146 de 1980