Micelio

Artículo 318

Decreto 2700 de 1991 · por el cual se expiden las normas de Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 318 . Colaboración de organismos oficiales y particulares . Los organismos oficiales y particulares que presten servicios útiles para atender los requerimientos de policía judicial, están obligados a prestar la colaboración que soliciten las unidades investigativas. CAPITULO III INVESTIGACION PREVIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2700 de 1991