º Señalase un gravamen ad-valorem de 0%, a los productos clasificables por las posiciones de Arancel de Aduanas que a continuación se indican; cuando se importen para el uso y consumo de la Comisaría Especial del Amazonas y en la Intendencia Nacional del Putumayo, y se importen por la Aduana de Leticia. Posición Descripción 84.12.01.01 Equipos de aire acondicionado hasta 30.000 BTU/hora. 85.06.04.00 Ventiladores de habitación. 87.09.00.00 Motociclos y velocípedos con motor auxiliar, con o sin sidecar; sidecares para motociclos y velocípedos de cualquier clase, presentados aisladamente.
Artículo 1
Señalase Un Gravamen Ad-Valorem De 0%, A Los Productos Clasificables Por Las Posiciones De Arancel De Aduanas Que A Continuación Se Indican; Cuando Se Importen Para El Uso Y Consumo De La Comisaría Especial Del Amazonas Y En La Intendencia Nacional Del Putumayo, Y Se Importen Por La Aduana De Leticia
Decreto 1746 de 1984 · Por el cual se introducen modificaciones al Arancel Común del Protocolo modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Colombo-Peruano de 1938, aprobadas por Canje de Notas de fecha 18 de enero de 1984.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.