Los miembros de la Comisión Investigadora tomarán posesión ante el Ministerio de Gobierno y durarán seis meses en el ejercicio de sus funciones, pero podrán declararlas terminadas antes, cuando consideren perfecta la investigación. Tendrán franquicia postal y telegráfica.
Ley 37 de 1909 →Vigente
Artículo 2
Ley 37 de 1909 · Por la cual se crea una Comisión (Asuntos de Panamá)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.