Micelio

Artículo 2

Ley 37 de 1909 · Por la cual se crea una Comisión (Asuntos de Panamá)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los miembros de la Comisión Investigadora tomarán posesión ante el Ministerio de Gobierno y durarán seis meses en el ejercicio de sus funciones, pero podrán declararlas terminadas antes, cuando consideren perfecta la investigación. Tendrán franquicia postal y telegráfica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 37 de 1909