Micelio

Artículo 2

Ley 83 de 1948 · Por la cual se autoriza al Gobierno Nacional para proveer a la construcción de un Hotel de Turismo en el Municipio de Tolú (Departamento de Bolívar)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los Presupuestos de la vigencias de 1949 y siguientes, se apropiaran las sumas que sean necesarias para la construcción del Hotel de Turismo de que trata el artículo anterior y para su conveniente dotación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 83 de 1948